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del Crevi Capacitación y Entrenamiento PUNTOS SOBRESALIENTES EN LA LEGISLACIÓN MEXICANA EN MATERIA DE EDUCACIÓN CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Artículo 3o.- "Todo individuo tiene derecho a recibir educación" LEY GENERAL DE EDUCACIÓN ARTICULO 2o.- Todo individuo tiene derecho a recibir educación y, por lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso al sistema educativo nacional, con sólo satisfacer los requisitos que establezcan las disposiciones generales aplicables. La educación es medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es proceso permanente que contribuye al desarrollo del individuo y a la transformación de la sociedad, y es factor determinante para la adquisición de conocimientos y para formar al hombre de manera que tenga sentido de solidaridad social. En el proceso educativo deberá asegurarse la participación activa del educando, estimulando su iniciativa y su sentido de responsabilidad social, para alcanzar los fines a que se refiere el artículo 7o. ARTICULO 3o.- El Estado está obligado a prestar servicios educativos para que toda la población pueda cursar la educación preescolar, la primaria y la secundaria. Estos servicios se prestarán en el marco del federalismo y la concurrencia previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y conforme a la distribución de la función social educativa establecida en la presente Ley. ARTICULO 32.- Las autoridades educativas tomarán medidas tendientes a establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada individuo, una mayor equidad educativa, así como el logro de la efectiva igualdad en oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos. Dichas medidas estarán dirigidas, de manera preferente, a los grupos y regiones con mayor rezago educativo o que enfrenten condiciones económicas y sociales de desventaja. ARTICULO
41.- La
educación especial está destinada a individuos con discapacidades
transitorias o definitivas, así como a aquellos con aptitudes sobresalientes.
Atenderá a los educandos de manera adecuada a sus propias condiciones,
con equidad social. Esta educación incluye orientación a los padres o tutores, así como también a los maestros y personal de escuelas de educación básica regular que integren a alumnos con necesidades especiales de educación. LEY GENERAL
DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Capítulo III
Artículo 10.- La educación que imparta y regule el Estado deberá contribuir a su desarrollo integral para potenciar y ejercer plenamente sus capacidades, habilidades y aptitudes. Para tales efectos las autoridades competentes establecerán entre otras acciones, las siguientes: I. Elaborar y fortalecer los programas de educación especial e integración educativa para las personas con discapacidad; II. Garantizar la incorporación y oportuna canalización de las personas con discapacidad en todos los niveles del Sistema Educativo Nacional; así como verificar el cumplimiento de las normas para su integración educativa; III. Admitir y atender a menores con discapacidad en los centros de desarrollo infantil y guarderías públicas y privadas; IV. Formar, actualizar, capacitar y profesionalizar a los docentes y personal asignado que intervengan directamente en la incorporación educativa de personas con discapacidad; V. Propiciar el respeto e integración de las personas con discapacidad en el Sistema Educativo Nacional; VI. Establecer en los programas educativos que se transmiten por televisión, estenografía proyectada e intérpretes de Lengua de Señas Mexicana; VII. Proporcionar a los estudiantes con discapacidad materiales que apoyen su rendimiento académico; IX. Establecer un programa nacional de becas educativas para personas con discapacidad; X. Implementar el reconocimiento oficial de la Lengua de Señas Mexicana y el Sistema de Escritura Braille, así como programas de capacitación, comunicación, e investigación, para su utilización en el Sistema Educativo Nacional; XI. Diseñar e implementar programas de formación y certificación de intérpretes, estenógrafos del español y demás personal especializado en la difusión y uso conjunto del español y la Lengua de Señas Mexicana; XII. Impulsar toda forma de comunicación escrita que facilite al sordo hablante, al sordo señante o semilingüe, el desarrollo y uso de la lengua en forma escrita; XIII. Impulsar programas de investigación, preservación y desarrollo de la lengua de señas, de las personas con discapacidad auditiva, y de las formas de comunicación de las personas con discapacidad visual, y XIV. Elaborar programas
para las personas ciegas y débiles visuales, que los integren al
Sistema Educativo Nacional, público o privado, creando de manera
progresiva condiciones físicas y acceso a los avances científicos
y tecnológicos, así como materiales y libros actualizados
a las publicaciones regulares necesarios para su aprendizaje. I. Promover un entorno que permita el libre acceso y desplazamiento; II. Procurar su incorporación, permanencia y participación en las actividades educativas regulares en todos los niveles; III. Promover el otorgamiento, en los niveles de educación obligatoria, de las ayudas técnicas necesarias para cada discapacidad; IV. Crear programas permanentes
de capacitación para el empleo y fomento a la integración
laboral; VI. Procurar la accesibilidad en los medios de transporte público de uso general; VII. Promover que todos los espacios e inmuebles públicos o que presten servicios al público, tengan las adecuaciones físicas y de señalización para su acceso, libre desplazamiento y uso; VIII. Procurar que las vías generales de comunicación cuenten con señalamientos adecuados para permitirles el libre tránsito; IX. Informar y asesorar a los profesionales de la construcción acerca de los requisitos para facilitar el acceso y uso de inmuebles, y X. Promover que en las unidades del sistema nacional de salud y de seguridad social reciban regularmente el tratamiento y medicamentos necesarios para mantener y aumentar su capacidad funcional y su calidad de vida. CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO EN TECNOLOGÍA AUXILIAR Desde su proyección internacional en 1994, los programas de Tecnología de punta para la educación, comunicación, integración laboral y vida independiente de personas con discapacidad se han venido desarrollando gracias a la presencia de nuestro personal a eventos internacionales como el que ofrece la "California State University of Nortridge" mejor conocido como CSUN. Esta conferencia se desarrolla en el mes de Marzo de cada año en al área del Aeropuerto Internacional de Los Ángeles, California, USA. Otras fuentes de información excelentes lo son la Conferencia "Closing the Gap" (Cerrando la Brecha) de Minneapolis, MInessotta, cada año en el mes de Octubre; y un sinnúmero de otros eventos especiales y programados como la "International Conference on Computers Helping People with Special Needs" ICCHP de la Universidad de Linz, Austria, que se lleva a cabo cada dos años (año par) en el mes de Julio. Este programa de capacitación ofrece algo innovador para cada caso de la discapacidad y está abierto al público en general, familiares, gente con discapacidad, y profesionales del ramo que deseen tener acceso a los recursos y soluciones de tecnología de punta como apoyo a estas poblaciones, que incluyen el entrenamiento, la asistencia técnica, el acceso a las computadoras personales, y la compra de equipo con tecnología adaptada. El personal del CREVI conoce la correcta aplicación de cada uno de los recursos y contamos con personas ciegas o con otras discapacidades, de entre los mejores capacitadores de cada solución que ellos mismos emplean. Los usuarios y los profesionistas son bienvenidos a visitar el Area de Tecnología Auxiliar (También conocida como Tecnología Adaptada), Incluyendo el Área de Baja Visión durante las horas laborables (8:30 AM - 8:00 PM). El CREVI ofrece su laboratorio abierto los Miércoles de 3 a 6 PM para soporte técnico adicional o para la exploración de decenas de programas para PC. Los servicios que se ofrecen a través del programa de Tecnología Auxiliar, incluyen la selección y compra de Soluciones. Es fácil adquirir el equipo requerido a través de éste programa del CREVI. El personal tiene la experiencia necesaria para guiarlo a través del proceso de adquisición de la tecnología correcta para una aplicación específica. |
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